La deficiente información prestada por algunas entidades financieras en la comercialización de las hipotecas multidivisas

A estas alturas, las personas que tienen un préstamo multidivisa o hipotecas multidivisas, ya habrán adivinado que la entidad financiera que les vendió el producto no les advirtió de los enormes riesgos que conllevaría esta modalidad de préstamo.

Ni que decir tiene que estos contratos de préstamo son muy extensos, densos y con una complejidad muy alejada del entendimiento de consumidores minoristas sin estudios financieros ni jurídicos, como ocurre en la mayoría de los casos.

Hay que poner de relieve, que en el momento de la contratación de este tipo de productos (la mayoría 2006/7/8), no existía publicidad alguna en el mercado que permitiera identificar las condiciones reales de este tipo de préstamos. Además, la información previa a la firma del contrato, por lo general, no reunía los requisitos mínimos preceptivos, más bien esa información fue engañosa, ya que se ocultaron los riesgos inherentes a esta modalidad de préstamo.

En esa información se subrayaron las bondades del producto, los intereses tan bajos que se pagarían y la consecuencia en la cuota financiera a pagar, cual sería una bajada drástica del importe a pagar.

Lógicamente, las personas que suscribieron esta modalidad de préstamo buscaban pagar menos por su préstamo, y las entidades ofrecían estas hipotecas multidivisas como la solución idónea. Sólo decían que, como mucho, la cuota fluctuaría unos 20€ ó40 €.

Era cierto que mejoraba drásticamente la cuota a pagar, al menos inicialmente, pero no dijeron que eso sólo era un “espejismo”. Realmente, en un préstamo a tan largo plazo (25-30 años), las oscilaciones inevitables en los mercados de divisas llegarían antes o después, con la consecuencia de crear una serie de inconveniencias dantescas que la entidad financiera tenía la obligación de advertir, de forma clara y trasparente, especialmente cuando se trata de personas que tienen la condición de consumidores y usuarios minoristas que utilizan el préstamo para comprar su vivienda habitual.

Según lo que venimos exponiendo, las financieras comercializadoras no cumplieron con lo que les era imperativo a la hora de informar, no obraron diligentemente, ocultaron información y no advirtieron de los riesgos fundamentales para que los firmantes se formasen una opinión del producto cabal y plena en relación a la carga económica y jurídica que les supondría esta modalidad de préstamo.

Las entidades no pueden quedar impunes ante una situación como la descrita. Lo cierto es que los Tribunales nos están dando la razón en un gran número de estos casos, obligando a las entidades condenadas a restituir el perjuicio causado a los consumidores.

Fdo.- Ángel-Luis Rincón Sánchez
Abogado – Economista
Experto en Derecho Bancario

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La deficiente información prestada por algunas entidades financieras en la comercialización de las hipotecas multidivisas
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